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18.05.2012 Manuales técnicos - LowCostClima
11.05.2012 “Añadir a la cesta” La compra de aire acondicionado por internet.
Aire Acondicionado
A la hora de solicitar la instalación de un aparato de aire acondicionado siempre hay que tener en cuenta dos puntos al respecto que son importantes: las posibilidades de instalación en fachadas y los decibelios máximos de ruido permitidos.
En un país como España la instalación de aires acondicionados es algo tan importante como útil a la vez, ya que con las máximas temperaturas que se alcanzan en algunos meses de verano resulta casi imposible aguantar dentro del hogar sin ninguna refrigeración más potente que los tradicionales ventiladores.
Pero claro, antes de realizar una instalación de este tipo es importante conocer toda la normativa relacionada con estos equipos ya que es más que probable que al instalar una unidad exterior en la fachada algún vecino o inspector aparezca picando en la puerta para mostrar su descontento, su malestar por la instalación de dicha unidad y sus intenciones de denunciar los hechos ante las autoridades pertinentes.
En el caso de que en la División Horizontal y/o Estatutos de la comunidad no haya ningún punto referido al respecto, con la ley en la mano cabe decir que para instalar una unidad exterior es necesario que exista unanimidad por parte de todos los vecinos.
A continuación exponemos una referencia al artículo de la Ley correspondiente:
- Art. 17.1 LPH «La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.»
Este tipo de leyes se pueden interpretar de muchas formas y lo mejor es consultar siempre a un Colegio de Administradores de Fincas ubicado en la comunidad autónoma o lugar de residencia en el que se esté, al menos para obtener las normativas actualizadas.
Así mismo en este asunto entra en juego el problema de los ruidos y las vibraciones que puedan producir estas unidades, pero éste es un tema que se trata solamente en las Audiencias Provinciales de cada comunidad autónoma. Un exceso de ruidos puede provocar la retirada del aire acondicionado exterior, por lo que es importante informarse siempre antes de realizar una costosa instalación que quizás más tarde haya que eliminar.
Y es que con de acuerdo a la Ley, cualquier vecino puede denunciar perfectamente las molestias que le causa el ruido de estas máquinas (ver la siguiente referencia), por lo que resulta fundamental respetar un nivel de aproximadamente 55 decibelios en el exterior de la fachada.
A continuación compartimos el artículo de la Lay que hace referencia a esto:
- Art. 7.2 LPH «Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.»
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